viernes, 27 de mayo de 2011

Ley de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional

El Congreso aprobó el Real Decreto Ley de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas aprobado en Consejo de Ministros el pasado 11 de febrero.

Contiene cuatro elementos esenciales:

1.Un programa excepcional de empleo para la transición hacia la contratación estable. Con una duración de un año y dirigido a jóvenes que tengan una edad igual o inferior a 30 años y a los demandantes de empleo que hayan permanecido parados doce meses en el último año y medio.


2.Un programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.
Se trata de un programa específico de carácter nacional que incluye medidas de política activa de empleo y ayudas económicas de acompañamiento.
Podrán beneficiarse de este programa las personas inscritas en las Oficinas de Empleo como desempleadas por extinción de su relación laboral que agoten la prestación por desempleo de nivel contributivo, a partir del 16 de febrero de 2011, y no tengan derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo establecidos en la ley, o bien hayan agotado alguno de estos subsidios, incluidas sus prórrogas.

3.Acciones de mejora de la empleabilidad que combinen actuaciones de orientación profesional y formación para el empleo.
Los Servicios Públicos de Empleo se dirigirán, durante un año desde la entrada en vigor de esta norma, a jóvenes, a mayores de 45 años en situación de desempleo de larga duración, a personas procedentes del sector de la construcción y de otros afectados por la crisis que, dentro de estos colectivos, tengan baja cualificación, para llevar a cabo acciones de mejora de su empleabilidad, mediante itinerarios individuales y personalizados de empleo, que incrementen sus oportunidades de ocupación.

4.Inclusión de personas desempleadas en las acciones formativas dirigidas a personas ocupadas.
Durante el año 2011, los Servicios Públicos de Empleo garantizarán que, en las convocatorias de ayudas, los acuerdos, convenios y contratos que se celebren para la ejecución de los planes de formación de oferta dirigidos prioritariamente a personas ocupadas, participen en el conjunto del correspondiente plan y en relación con el total de personas que inicien la formación dentro del mismo, entre un 20% y un 40% de personas desempleadas.

Pincha aqui para ver el real decreto.



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