lunes, 16 de julio de 2012

LA REFORMA LABORAL I

Como consecuencia de la alta tasa de desempleo y su prolongación a lo largo de mucho tiempo, el Gobierno, con el objetivo de dinamizar la contratación laboral,  a principios del 2012 decide acometer la reforma del mercado laboral.


Para ello, el 13 de marzo aprobó un Real Decreto con las medidas que van a llevarse a cabo en los diferentes ámbitos del entorno laboral. Finalmente, tras su tramitación y junto con las enmiendas emitidas por los diferentes grupos parlamentarios, se aprueba definitivamente con carácter de ley el 7 de julio.

La reforma introduce modificaciones en muchos aspectos de las relaciones laborales, a continuación, te describimos aquellos que consideramos más importantes y que más pueden afectar en la práctica diaria a la relación entre trabajadores y empresas:

1- MEDIDAS PARA FAVORECER LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES



1.1 Empresas de trabajo temporal.

La contratación temporal de trabajadores para su posterior cese a otra empresa, sólo se permite a las empresas de trabajo temporal. También se les permite la posibilidad de actuar como Agencias de colocación (si te interesa conocer el funcionamiento de las Agencias de Colocación puedes ver nuestra entrada sobre las agencias de colocación).

1.2. Contrato para la formación y el aprendizaje.

Se introducen importantes cambios en el contrato de formación. Así, se extiende  la posibilidad de celebrar este contrato hasta los 30 años mientras la tasa de desempleo en España no baje del 15%.
Tendrá una duración mínima de 1 año y máxima de 3 años. La jornada de trabajo no podrá ser superior al 75% el primer año y al 85% el resto del tiempo. A diferencia de antes, se genera derecho a prestación

La formación de estos contratos deberá ir ligada, siempre que exista, a un título de formación profesional o a un certificado de profesionalidad.

Asimismo la empresa con una plantilla inferior a 250 trabajadores, tiene derecho a una bonificación del 100% de las cuotas de la Seguridad Social y el resto de empresas del 75%.
Igualmente la conversión de los contratos de formación en indefinidos tiene una bonificación de 1.500 euros, 1.800 euros en el caso de mujeres,  durante tres años en ambos casos.

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